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Acepción de Legislatura
La palabra legislatura, según el Diccionario de la Real Academia de la Lengua Española, significa en su primera acepción: "El tiempo durante el cual funcionan los cuerpos legislativos". Escriche, enseña que designa "al cuerpo legislativo en actividad". La Legislatura "indica el periodo de existencia de una Cámara desde el día de su primera convocatoria al de su disolución normal o anticipada".
Legislatura, se escribe en otros idiomas: portugués, legislatura; inglés, legislatorial; francés, législature; alemán, legislaturperiode e italiano, legislatura.
El periodo de una legislatura, es variable, va de dos a nueve años, pero predomina la duración de tres o cuatro años en las Cámaras de Diputados o Representantes. En los países con sistema bicamerista, los miembros de la Cámara Federal o Cámara Alta, son electos para ejercer sus funciones durante más años que sus colegas de la Cámara Baja o de Diputados.
En los Estados Unidos Mexicanos, los diputados son electos para que ejerzan su mandato durante tres años y los senadores durante seis. La legislatura es el trienio para el que son electos los diputados. Toda vez que los senadores son electos para fungir como tales durante seis años, obviamente pertenecen a dos legislaturas (art. 19 incisos a y b, del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales).
El periodo de duración de una legislatura, empieza a correr y contarse desde el momento en que la Cámara queda formalmente constituida y los legisladores han rendido la protesta de ley (arts. 17 y 62 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos). En nuestro país no se da el caso de disolución anticipada de la Legislatura, como ocurre en los sistemas parlamentarios y por ende, concluye en término prefijado.