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Secretaría de Servicios Legislativos

La Secretaría de Servicios Legislativos, es la unidad administrativa de carácter institucional, compuesta por dos direcciones y cuatro departamentos, en los que están adscritas personas capacitadas en el manejo, análisis y sistematización de información jurídica y legislativa, así como en la edición de publicaciones oficiales.
  • play_arrowMisión
    Asistir en las necesidades legislativas a los diputados, así como atender y orientar a la sociedad veracruzana sobre el derecho vigente y propósitos de la ley.
  • play_arrowVisión
    Ser una secretaría que, con su trabajo legislativo, coadyuve a las actividades propias de los diputados para el desarrollo socio-económico y político de Veracruz.
  • play_arrowMarco Jurídico
    La Secretaría de Ser5icios Legislativos rige sus funciones y actividades por los siguientes ordenamientos jurídicos:
    - Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
    - Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.
    - Artículos 26 y 58.
    - Ley del Servicio Profesional de Carrera del Congreso del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.
    - Reglamento para el Gobierno Interior del Poder Legislativo.
    - Artículos 36, 157, 158, 159, 160, 161 y 162.
    - Reglamento de los Servicios Administrativos del Congreso del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.
    - Artículos 32, 33, 34, 35, 36, 37 y 38.
    - Manual de Organización del Congreso del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.
    - Páginas 36-50.
    - Manuales de Procedimientos de las unidades administrativas adscritas a la Secretaría de Servicios Legislativos.
  • play_arrowDirectorio
  • play_arrowFunciones Generales
    Asesorar a los grupos legislativos y diputados, en materia jurídico-político; atender y orientar al público en general, para que realicen sus funciones y actividades cotidianas.
  • play_arrowFunciones Específicas
    - Recibir y revisar iniciativas de ley.
    - Dar seguimiento a dictámenes e iniciativas de ley.
    - Asesorar técnica y jurídicamente, a grupos legislativos y diputados en lo particular, que lo soliciten.
    - Analizar el marco jurídico vigente del Estado, a fin de proponer reformas o adiciones.
    - Supervisar los procedimientos y mecanismos para la certificación y autentificación documental.
    - Prestar a los diputados y a los órganos del Congreso, de manera objetiva, imparcial y oportuna, los servicios de apoyo técnico legislativo, información estadística del trabajo legislativo y publicaciones oficiales.
    - Supervisar las labores de las direcciones y departamentos dependientes.
  • play_arrowFunciones por Áreas
    DIRECCIÓN DE ASISTENCIA TÉCNICA LEGISLATIVA
    Funciones Generales: Ejecutar la revisión de los expedientes y anteproyecto así como la supervisión de los guiones de las sesiones del Pleno o de la Diputación Permanente, y su posterior compilación y registro, para proporcionar asistencia técnica a los órganos del Congreso.
    Funciones Específicas: Supervisar el apoyo que los departamentos bajo su dependencia proporcionen al Pleno o a la Diputación Permanente, para el desarrollo de sus sesiones, en lo concerniente a la elaboración de los anteproyectos de órdenes del día y guiones de las mismas; la preparación de los documentos y asuntos que se someten al conocimiento de dichos órganos; la remisión, por acuerdo de éstos, de los documentos de las Comisiones Permanentes o a las áreas que correspondan; y la compilación y registro de iniciativas, minutas, leyes, decretos, acuerdos y actas.
    Proporcionar asistencia técnica a las Mesas Directivas del Pleno y de la Diputación Permanente, en la conducción de sus relaciones interinstitucionales, así como en el ejercicio de sus atribuciones.
    Apoyar a las Comisiones Permanentes en el estudio de los asuntos que les son turnados; en la preparación, celebración y registro de sus reuniones de trabajo; y en la formulación de proyectos de dictámenes.
    Asistir al Secretario General y a la Secretaría de la Mesa Directiva, en términos de lo dispuesto por los artículos 13, fracciones I, II, III y VI, y 26, fracción IV, de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado.
    DIRECCIÓN DE REGISTRO LEGISLATIVO Y PUBLICACIONES OFICIALES
    Funciones Generales: Realizar la compilación y el registro de las resoluciones del Congreso, así como de los acuerdos, precedentes y prácticas legislativas, por medio de una base de datos, y asegurar la memoria histórica del trabajo legislativo, mediante la edición, impresión y difusión de publicaciones de carácter oficial.
    Funciones Específicas: Establecer una base de datos fuente para el análisis y elaboración de estadísticas del trabajo legislativo.
    Mantener actualizada la base de datos de la legislación estatal.
    Analizar documentos relacionados en materia legislativa, a fin de enriquecer proyectos e iniciativas de leyes y decretos.
    Establecer los mecanismos de control y coordinación con otras unidades administrativas y con los órganos del Congreso, para el acopio de documentos que deban insertarse en el Diario de los Debates, en la Gaceta Legislativa y en las demás Publicaciones de interés general, de carácter oficial.
    Mantener un registro de los archivos audiovisuales e informáticos de las versiones estenográficas de las sesiones del Pleno, de la Diputación Permanente y de las Comisiones Diputación Permanentes del Congreso.
    Asegurar la autenticidad, publicación y distribución del Diario de los Debates y de la Gaceta Legislativa.
    DEPARTAMENTO DE ASISTENCIA A SESIONES
    Funciones Generales: Preparación y desarrollo de los trabajos del Pleno y la Diputación Permanente, consistentes en la elaboración de anteproyectos de orden del día, guiones y actas de las sesiones, así como la integración de la documentación de los asuntos a tratar en la lectura de correspondencia.
    Funciones Específicas: Elaborar el anteproyecto de orden del día, así como los guiones e integrar la documentación para las sesiones del Pleno y de la Diputación Permanente.
    Coordinar actividades con el departamento del Diario de los Debates para la inserción de documentos en la Gaceta Legislativa.
    Identificar, registrar y verificar la incorporación de las propuestas de modificaciones aprobadas por el Pleno a los dictámenes de iniciativas de ley o decreto.
    Elaborar y someter a la aprobación del Presidente y del Secretario de la Mesa Directiva los oficios de turno a Comisiones, así como, las resoluciones emitidas por el Pleno.
    Elaborar las Actas de las sesiones del Pleno y de la Diputación Permanente.
    Preparar, para el envío a las instancias correspondientes, las resoluciones aprobadas por el Congreso.
    DEPARTAMENTO DE ASISTENCIA A COMISIONES
    Funciones Generales: Establecer los mecanismos de coordinación con los integrantes de las Comisiones Diputación Permanentes y su cuerpo de apoyo técnico, brindando la asesoría correspondiente para el buen desarrollo de sus funciones, así como realizar el seguimiento sobre el estado que guardan los asuntos turnados a dichas comisiones.
    Funciones Específicas: Realizar el seguimiento del estado que guardan los asuntos turnados a las Comisiones Permanentes y tener a su cargo el libro de registro correspondiente.
    Colaborar con el trámite y asistencia a las juntas directivas de las Comisiones Permanentes en la planeación y organización de sus actividades, así como la formulación de convocatorias, órdenes del día, informes, memorias y publicaciones.
    Elaborar dictámenes de la competencia de las Comisiones Permanentes e integración de expedientes.
    Establecer los sistemas para el procedimiento de la información que generen las Comisiones Permanentes e integración de expedientes.
    Proponer normas de formulación de dictámenes y otros documentos legislativos.
    Realizar el análisis y estudio para el desahogo de los asuntos turnados a las Comisiones Permanentes.
    DEPARTAMENTO DE REGISTRO DOCUMENTAL LEGISLATIVO
    Funciones Generales: Establecer los mecanismos de coordinación con los integrantes de las Comisiones Diputación Permanentes y su cuerpo de apoyo técnico, brindando la asesoría correspondiente para el buen desarrollo de sus funciones, así como realizar el seguimiento sobre el estado que guardan los asuntos turnados a dichas comisiones.
    Funciones Específicas: Realizar el seguimiento del estado que guardan los asuntos turnados a las Comisiones Permanentes y tener a su cargo el libro de registro correspondiente.
    Colaborar con el trámite y asistencia a las juntas directivas de las Comisiones Permanentes en la planeación y organización de sus actividades, así como la formulación de convocatorias, órdenes del día, informes, memorias y publicaciones.
    Elaborar dictámenes de la competencia de las Comisiones Permanentes e integración de expedientes.
    Establecer los sistemas para el procedimiento de la información que generen las Comisiones Permanentes e integración de expedientes.
    Proponer normas de formulación de dictámenes y otros documentos legislativos.
    Realizar el análisis y estudio para el desahogo de los asuntos turnados a las Comisiones Permanentes.
    DEPARTAMENTO DEL DIARIO DE LOS DEBATES
    Funciones Generales: Coordinar y supervisar la elaboración de las publicaciones oficiales del Congreso; asegurar la memoria del trabajo legislativo y parlamentario, para difundirlo a través de las publicaciones y medios electrónicos.
    Funciones Específicas: Elaborar y distribuir la Gaceta Legislativa, para que con antelación a la sesión, los diputados y público en general conozcan los asuntos a tratarse.
    Elaborar la Versión Estenográfica de las sesiones del Congreso, para que sirvan como base en la elaboración de las actas de las sesiones y del Diario de los Debates.
    Editar, publicar y distribuir el Diario de los Debates, para la consulta ágil de las discusiones de los asuntos desahogados en las sesiones del Congreso, y dar a conocer las resoluciones tomadas al respecto.
    Salvaguardar los expedientes que contienen la información documental del Diario de los Debates y de la Gaceta Legislativa, así como el material de Audio y Video de las sesiones del Congreso, con la finalidad de asegurar la memoria histórica del Congreso del Estado.
    Coadyuvar en la grabación de las comparecencias ante el Congreso de los secretarios de despacho del Poder Ejecutivo del Estado.
    Coadyuvar en el análisis y elaboración de datos estadísticos del trabajo legislativo, para la elaboración de la memoria del Congreso y de la Numeralia Legislativa.
  • play_arrowServicios
    PUBLICACIONES OFICIALES
    Gaceta Legislativa
    Versión Estenográfica
    Actas Legislativas
    Diario de los Debates
    Numeralia Legislativa
    Publicaciones de Interés General
       - Integración de la LXII Legislatura del Congreso.
       - Iniciativas presentadas a la LXII Legislatura.
    NUMERALIA LEGISLATIVA
    Participaciones en Tribuna de los diputados a la LXII Legislatura del Congreso del Estado.
    Asistencia de Diputados a las sesiones.
    Trámites y sentido de la votación.
    Relación de asuntos tratados en correspondencia.
    MARCO JURÍDICO DEL CONGRESO
    Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Veracruz de Ignacio de la Llave.
    Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Veracruz de Ignacio de la Llave.
    Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.
    Ley del Servicio Profesional de Carrera del Congreso del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.
    Reglamento para el Gobierno Interior del Poder Legislativo.
    Reglamento de los Servicios Administrativos del Congreso del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.

CONGRESO DEL ESTADO DE VERACRUZ LXVI LEGISLATURA 2021 - 2024

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